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9.- Legislación turística


El marco legal del Sector Turismo comprende una serie de leyes y reglamentos que norman la actividad turística, tanto a las dependencias de la administración pública federal, como a los prestadores de servicios; así como la forma en que interactúan entre ellos y la coordinación entre los distintos niveles de gobierno, federal, estatal y municipal, para planear y operar los programas, políticas y acciones encaminadas a desarrollar el turismo en el territorio nacional.
La ley jerárquicamente superior que rige a la actividad es la Ley Federal de Turismo, reformada en junio del 2000,  establece la facultad de planear, promover y fomentar la acción turística, promueve el turismo social, protege el patrimonio histórico y cultural de las regiones del país, además que establece las formas de coordinación del Gobierno Federal con los estados y municipios en la materia.
El Reglamento de la Ley Federal de Turismo norma la declaración de zonas de desarrollo turístico prioritario, la promoción turística, y la actividad de los prestadores de servicios turísticos como establecimientos de hospedaje, alimentos y bebidas, agencias y operadores de viajes, guías de turistas, entre otros. El Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo y el  Manual General de Organización de la Secretaría de Turismo establecen la estructura de la dependencia, así como las facultades, atribuciones y objetivos de cada una de las áreas administrativas.
Por último, el Programa Nacional de Turismo 2001-2006 establece los ejes rectores, los objetivos sectoriales y las acciones que desarrollarán las dependencias que forman parte del sector turismo durante la presente administración.
Además de los preceptos legales señalados, la Secretaría de Turismo ha establecido una serie de normas oficiales que reglamentan asuntos como los requisitos de seguridad e higiene que deben cumplir algunos prestadores de servicios, elementos a que deben sujetarse los guías turísticos especializados, o los requisitos que deben contener los contratos que se celebren entre los prestadores de servicios y los usuarios. A continuación, se presentan estas normas, la fecha de su publicación y una pequeña síntesis de cada una de ellas.
                               Normas Oficiales Mexicanas Turísticas
NOM-01-TUR-2002

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación:  5/03/03
De los formatos foliados y de porte pagado para la presentación de sugerencias y quejas de servicios turísticos relativos a establecimientos de hospedaje, agencias de viajes, alimentos y bebidas y empresas de sistemas de intercambio de servicios turísticos.
NOM-05-TUR-2003
Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 18/02/04
Requisitos mínimos de seguridad a que deben sujetarse las operadoras de buceo para garantizar la presentación del servicio.
NOM-06-TUR-2000
Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 08/03/01
Requisitos mínimos de seguridad e higiene que deben cumplir los prestadores de servicios turísticos de campamentos y paradores de casa rodantes.
NOM-07-TUR-2002
Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación:  26/02/03
De los elementos normativos del seguro de responsabilidad civil que deben contratar los prestadores de servicios turísticos de hospedaje para la protección y seguridad de los turistas o usuarios.
NOM-08-TUR-2002
Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación:  5/03/03
Que establece los elementos a que deben sujetarse los guías generales y especializados en temas o localidades específicas de carácter cultural.
NOM-09-TUR-2002
Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación:  26/09/03
Que establece los elementos a que deben sujetarse los guías especializados en actividades específicas.
NOM-10-TUR-2001

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación:  02/01/02
De los requisitos que deben contener los contratos que celebren los prestadores de servicios turísticos con los usuarios-turistas.
NOM-011-TUR-2001

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 22/07/02
Requisitos de seguridad, información y operación que deben cumplir los prestadores de servicios turísticos de Turismo de Aventura.




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